Con información de Jorge Galván Navarro/Agencia de Noticias 3er SECTOR
Monterrey, N.L.- Por no entregar información acerca del acta de entrega-recepción, así como de la concesión, renovación y mantenimiento de luminarias, la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información de Nuevo León, sancionó al alcalde del municipio de Allende, Silverio Manuel Flores Leal, con la cantidad de 10 mil 956.00 pesos.
Lo anterior, durante la vigésimo octava Sesión Ordinaria del Pleno de la CTAINL, donde se dio lectura del expediente en donde un particular denuncia que la Administración Municipal de Allende no le respondió a la solicitud de información.
En dicho escrito, se manifestaba la omisión del municipio de Allende a contestar la solicitud de información de la entrega-recepción y del asunto de las luminarias, además de que al requerir la Comisión de Transparencia para que rindiera un informe justificado de los hechos tampoco contestó al órgano garante.
“Por lo tanto, esta Ponencia, de conformidad con el artículo 176, fracción IV, propone al Pleno ordenar al sujeto obligado emita una respuesta a la solicitud de acceso a la información del particular, debiéndola notificar al interesado en el menor tiempo posible, que no podrá exceder de tres días, contados a partir del día hábil siguiente a la notificación de la presente resolución”, dio lectura el comisionado Juan de Dios Villarreal González, a quien le correspondió atender este recurso de revisión.
En consecuencia, el Pleno de la Comisión de Transparencia resolvió por unanimidad, imponer la multa de 10 mil 956.00 pesos al alcalde Silverio Manuel Flores Leal por esta conducta omisiva.
Asimismo durante la sesión se ordenó a las autoridades del municipio de Melchor Ocampo revocar acuerdos de reserva que se habían impuesto sobre información relacionada a los estados de cuenta de los ingresos y egresos del Restaurante Charco Redondo, ubicado en el Parque Recreativo del mismo nombre; y respecto a la instalación de un elevador en el edificio de la presidencia municipal, en sus distintas etapas si las hubiera; ya que a juicio del Pleno dicha causal de reserva no era aplicable a estos asuntos.