Se contará con los ajustes razonables que permitan una comunicación accesible
Por Reyes Gamez
Monterrey, México, ELECCIONES 2021 (Agencia de Noticias 3er Sector).- El Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León (TEE) ordenó a la Comisión Estatal Electoral (CEE) reponer el debate entre las personas candidatas a la Diputación Local del Distrito 18, en el cual garantizará las condiciones de equidad y de igualdad para las personas con discapacidad, como es el caso de la candidata por Morena, María Argentina Montalvo Cervantes.
En la sentencia del Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano identificado con la clave JDC-142/2021, el TEE señaló el pasado 23 de mayo que "la autoridad responsable no implementó los ajustes razonables que permitieran a María Argentina Montalvo Cervantes, persona con condición de discapacidad visual, participar en equidad e igualdad de condiciones, vulnerando lo establecido en el artículo 1 de la Constitución Federal, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación".
El TEE recordó que Montalvo Cervantes hace valer como agravio, sustancialmente, que, en el debate del pasado 13 de mayo, la CEE fue omisa en implementar las previsiones pertinentes a fin de proveer las condiciones necesarias a través de las cuales se le permitiera participar en igualdad de circunstancias, ello, en razón de que la promovente es ciega de nacimiento.
La candidata señaló que la CEE no proveyó ningún mecanismo para:
• “Saber el tiempo de inicio y fin de mi participación en el tema correspondiente.
• A qué cámara dirigirme al momento de hacer uso de la voz.
• Plantillas braille para saber mecánica, Lineamientos del debate y reglas del mismo.
• O, ya en su defecto, disponer al menos de una persona que me auxiliara durante el desarrollo del debate.”
Aduce que fue discriminada por su condición física, violentándose los principios de igualdad y equidad entre los contendientes, pues la CEE no la trató acorde a su discapacidad visual. En este contexto, la promovente indica que, durante el Debate, específicamente en su participación en el lapso del minuto 9:45-nueve con cuarenta y cinco segundos al minuto 10:43-diez con cuarenta y tres segundos, manifestó los retos que tenía, sin que obtuviera una respuesta o reacción por parte de los organizadores del Debate.
"Se resuelve REVOCAR los efectos jurídicos del Debate realizado el trece de mayo, a fin de que la autoridad responsable organice uno nuevo, en donde se adopten los ajustes razonables a fin de dotar de condiciones de equidad e igualdad a todos sus participantes, conforme los siguientes lineamientos:
• Notifique de manera inmediata, no mayor a cuatro horas, a los partidos políticos y candidata independiente, contendientes a la Diputación del Congreso del Estado correspondiente al Décimo Octavo Distrito Local, de la nulidad de los efectos jurídicos del debate, para lo que deberá acompañar copia certificada de la presente sentencia.
• Convoque de manera inmediata, no mayor a cuatro horas, a los citados contendientes para que dentro del plazo improrrogable de 24-veinticuatro horas a partir de la notificación respectiva, se verifique la reunión de trabajo a la que se alude en el artículo 16 de los Lineamientos, ello, a fin de realizar los preparativos del Debate obligatorio de las personas contendientes a la Diputación del Congreso del Estado correspondiente al Décimo Octavo Distrito Local.
• Realice dentro de las 24-veinticuatro horas posteriores a la hora de inicio de la citada reunión de trabajo, el debate obligatorio de mérito, en el cual se deberán adoptar los ajustes razonables a fin de dotar de condiciones de equidad e igualdad a todos sus participantes.
• Prevenga a las personas contendientes a la Diputación del Congreso del Estado correspondiente al Décimo Octavo Distrito Local de la participación obligatoria en el debate público", mencionó el TEE.