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En NL las Pcd deben participar en el diseño y planeación de las políticas públicas

Opinión
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Así como en las consultas públicas para la elaboración de leyes

Por Reyes Ramiro Gamez Barboza

Monterrey, México (Agencia de Noticias 3er Sector).- En los últimos años las Personas con discapacidad (Pcd) de Nuevo León han comenzado a participar en diferentes foros públicos para expresar sus opiniones sobre acciones que van encaminadas a generar políticas públicas, sin embargo las autoridades prefieren darle importancia a los representantes de las Organizaciones de y para personas con discapacidad, de esas Organizaciones que consultan las autoridades algunas pertenecen al Consejo para las Personas con Discapacidad de Nuevo León. 

Hasta ahora se desconoce si antes de acudir a dichos foros o mesas de trabajos, es que los de esas Organizaciones consultaron a las personas con discapacidad, ya que recordemos que la Observación general número 7 del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad señala que estas Organizaciones “pueden funcionar como organizaciones individuales, coaliciones u organizaciones coordinadoras o que engloban a personas con distintos tipos de discapacidad, con el objetivo de hacer oír a las personas con discapacidad de forma colaborativa y coordinada en sus relaciones con las autoridades públicas, las organizaciones internacionales y las entidades privadas, entre otros”.

En la Observación se subraya que "debe distinguirse entre organizaciones “de” personas con discapacidad y organizaciones “para” las personas con discapacidad, que prestan servicios y/o defienden los intereses de las personas con discapacidad lo que, en la práctica, puede dar lugar a conflictos de intereses si esas organizaciones anteponen sus objetivos como entidades de carácter privado a los derechos de las personas con discapacidad. Los Estados partes deberían conceder una importancia particular a las opiniones de las personas con discapacidad, a través de las organizaciones que las representan, respaldar la capacidad y el empoderamiento de esas organizaciones, y cerciorarse de que se dé prioridad a conocer su opinión en los procesos de adopción de decisiones.

También debe diferenciarse entre las organizaciones de personas con discapacidad y las organizaciones de la sociedad civil. El término “organización de la sociedad civil” comprende distintos tipos de organizaciones, por ejemplo las organizaciones e institutos de investigación, las organizaciones de prestatarios de servicios y otros interesados de carácter privado. Las organizaciones de personas con discapacidad son un tipo concreto de organización de la sociedad civil. Pueden formar parte de una organización coordinadora general de la sociedad civil o de coaliciones que no necesariamente promueven los derechos de las personas con discapacidad de forma específica, pero pueden apoyar la incorporación de los derechos de esas personas en la agenda de derechos humanos. De conformidad con el artículo 33, párrafo 3, todas las organizaciones de la sociedad civil, incluidas las organizaciones de personas con discapacidad, tienen un papel que desempeñar en el seguimiento de la Convención. Los Estados partes deberían dar prioridad a las opiniones de las organizaciones de personas con discapacidad al abordar cuestiones relativas a estas personas, y establecer marcos para solicitar a las organizaciones de la sociedad civil y a otros interesados que consulten e integren a las organizaciones de personas con discapacidad en su labor relativa a los derechos consagrados en la Convención y otros asuntos, como la no discriminación, la paz y los derechos ambientales".

Entonces es fundamental que la Comisión Estatal de Derechos Humanos y el Gobierno de Nuevo León junto con los 51 Municipios brinden a las personas con discapacidad en formato de lectura fácil los contenidos de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad y la Ley para la Protección de los Derechos de las Personas con Discapacidad del Estado de Nuevo León, ya que es prioritario conozcan estos documentos, para que uno vez informados pueden expresar en las Organizaciones a las que acuden sus inquietudes para ejercer sus derechos, inquietudes que pueden posteriormente plasmarse como propuestas para que sean escuchadas en alguna mesa de trabajo con legisladores o funcionarios públicos.

Ya que debemos recordar que la Observación general número 7 del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, menciona que las Organizaciones “se establecen principalmente con el objetivo de actuar, expresar, promover, reivindicar y/o defender colectivamente los derechos de las personas con discapacidad y, en general, deben ser reconocidas como tales”.

Usted hasta este momento se ha de preguntar y bueno qué tipo de Organizaciones existen, será qué una Organización al mismo tiempo puede representar desde niños y hasta adultos mayores con discapacidad, pues entre los distintos tipos de organizaciones de personas con discapacidad que el Comité ha identificado figuran las siguientes:

a) Organizaciones coordinadoras de personas con discapacidad, que son coaliciones de organizaciones que representan a esas personas. Idealmente, solo debería haber una o dos organizaciones coordinadoras en cada nivel de adopción de decisiones. A fin de ser abiertas, democráticas y representar de manera integral a la amplia diversidad de personas con discapacidad, deberían aceptar a todas las organizaciones de personas con discapacidad como miembros. Deberían estar organizadas, dirigidas y controladas por personas con discapacidad. Solo deberían hablar en nombre de las organizaciones que las integran y únicamente acerca de asuntos de interés mutuo que se hayan decidido de forma colectiva. Sin embargo, no pueden representar a personas con discapacidad de forma individual porque suelen carecer de conocimientos detallados sobre su situación personal. Las organizaciones individuales de personas con discapacidad que representan a comunidades concretas son más aptas para desempeñar ese papel. No obstante, las personas con discapacidad deberían poder decidir por sí mismas qué organizaciones quieren que las representen. La existencia de organizaciones coordinadoras en los Estados partes no debería ser óbice, en ninguna circunstancia, para la participación de personas u organizaciones de personas con discapacidad en consultas u otras formas de promover los intereses de las personas con discapacidad;

b) Organizaciones que representan a personas con distintos tipos de discapacidad, que están integradas por personas que representan todas o algunas de las muy diversas deficiencias existentes. Normalmente se organizan a nivel local y/o nacional, pero pueden existir también a nivel regional e internacional;

c) Organizaciones de autogestores que representan a las personas con discapacidad en distintas redes y plataformas, muchas veces poco estructuradas y/o constituidas a nivel local. Promueven los derechos de las personas con discapacidad, en especial de las personas con discapacidad intelectual. Su creación, con apoyo adecuado y a veces amplio, para que sus miembros puedan expresar sus opiniones, reviste una importancia fundamental para la participación política y los procesos de adopción de decisiones, seguimiento y aplicación. Esto adquiere especial relevancia en el caso de las personas a las que se impide ejercer su capacidad jurídica, que se encuentran institucionalizadas o a las que se deniega el derecho a votar. En muchos países, las organizaciones de autogestores están discriminadas porque se les deniega un estatuto jurídico a causa de leyes y reglamentos que privan a sus miembros de capacidad jurídica;

d) Organizaciones que comprenden a los familiares y/o los parientes de personas con discapacidad, que desempeñan un papel central en lo que se refiere a facilitar, promover y garantizar los intereses y apoyar la autonomía y la participación activa de sus familiares con discapacidad intelectual, demencia y/o niños y niñas con discapacidad, cuando esos grupos de personas con discapacidad desean el apoyo de sus familias en forma de organizaciones o redes unidas. En esos casos, esas organizaciones deberían ser incluidas en los procesos de consulta, adopción de decisiones y seguimiento. El papel de los padres, los familiares y los cuidadores en esas organizaciones debería consistir en empoderar y prestar asistencia a las personas con discapacidad para que estas tengan voz y tomen el pleno control de sus vidas. Esas organizaciones deberían promover y utilizar activamente los procesos de apoyo para la adopción de decisiones a fin de asegurar que se respete el derecho de las personas con discapacidad a ser consultadas y a expresar su propia opinión;

e) Organizaciones de mujeres y niñas con discapacidad, que representan a las mujeres y niñas con discapacidad como grupo heterogéneo. La diversidad de mujeres y niñas con discapacidad debería comprender todos los tipos de deficiencias. Es imprescindible asegurar la participación de las mujeres y niñas con discapacidad en las consultas sobre cuestiones específicas que las afectan de forma exclusiva o desproporcionada, así como las cuestiones relativas a las mujeres y las niñas en general, como las políticas de igualdad de género;

f) Organizaciones e iniciativas de niños y jóvenes con discapacidad, que son fundamentales en lo que se refiere a la participación de los niños en la vida pública y comunitaria, su derecho a ser escuchados y su libertad de expresión y asociación. Los adultos tienen un papel de apoyo esencial para fomentar un entorno que permita a los niños y jóvenes con discapacidad establecer sus propias organizaciones e iniciativas y actuar a través de ellas, de manera oficial u oficiosa, entre otras cosas mediante la cooperación con adultos y con otros niños y jóvenes.

Como ven mis estimados lectores, hay diversos tipos de Organizaciones en las cuales todas las personas con discapacidad sin importar la edad es que ejercen su derecho a la participación, porque de esa manera es que se puede crear una política pública que va mejorar la calidad de vida de todos.

La Observación recuerda que las autoridades deben "incluir la obligación de celebrar consultas estrechas e integrar activamente a las personas con discapacidad, a través de sus propias organizaciones, en los marcos jurídicos y reglamentarios y los procedimientos en todos los niveles y sectores del Gobierno. Los Estados partes deberían considerar las consultas y la integración de las personas con discapacidad como medida obligatoria antes de aprobar leyes, reglamentos y políticas, ya sean de carácter general o relativos a la discapacidad. Por lo tanto, las consultas deberían comenzar en las fases iniciales y contribuir al resultado final en todos los procesos de adopción de decisiones. Las consultas deberían comprender a las organizaciones que representan a la amplia diversidad de personas con discapacidad a nivel local, nacional, regional e internacional".

Seguramente usted ha visto notas de los medios de comunicación de que el Congreso de Nuevo León realizaron una mesa de trabajo relacionada con los derechos de las personas con discapacidad, recuerda usted haber visto en las imágenes a personas con discapacidad, son pocas las veces que ha sucedido, no es que no quieran participar, es que a veces no se hace la difusión necesaria ni por parte del gobierno estatal ni del Congreso, no basta con convocar en el sitio de internet, se requiere usar los medios de comunicación como televisión y radio para convocarlos, también que las Organizaciones involucren en esas consultas a sus beneficiarios.

Yo algunas veces he acudido a esas mesas de trabajo a llevar aportaciones las cuales previamente consulto con amigos con discapacidad, que algunas veces si han asistido, otras veces no por distintos motivos personales o laborales, pero sus expresiones son las que aportamos y entregamos en la Oficialía de Partes del Congreso, pero al escuchar a los representantes de las Organizaciones algunos hablan desde el punto familia no de vengo representando a personas con discapacidad, entonces para nada cumplen de lo que menciona la Observación sobre el papel de las Organizaciones.

Integrantes de las Organizaciones no olviden que "todas las personas con discapacidad, sin exclusión alguna en razón del tipo de deficiencia que presenten, como las personas con discapacidad psicosocial o intelectual, pueden participar eficaz y plenamente, sin discriminación y en igualdad de condiciones con las demás. El derecho a participar en las consultas, a través de las organizaciones que las representan, debería reconocerse a todas las personas con discapacidad en igualdad de condiciones, con independencia, por ejemplo, de su orientación sexual y su identidad de género. Los Estados partes deberían adoptar un marco general de lucha contra la discriminación para garantizar los derechos y las libertades fundamentales de todas las personas con discapacidad, y derogar la legislación que penalice a las personas y a las organizaciones de personas con discapacidad por motivos de sexo, género o condición social de sus miembros y les deniegue el derecho a participar en la vida política y pública.

La obligación jurídica de los Estados partes de garantizar las consultas con organizaciones de personas con discapacidad engloba el acceso a los espacios de adopción de decisiones del sector público y también a otros ámbitos relativos a la investigación, el diseño universal, las alianzas, el poder delegado y el control ciudadano. Además, es una obligación que incluye a las organizaciones mundiales y/o regionales de personas con discapacidad".

En Nuevo León ya hay un precedente con la Ley para la Atención y Protección de las Personas con la Condición del Espectro Autista y/o Trastornos del Neurodesarrollo, que fue abrogada para dar cumplimiento a la sentencia dictada por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Acción de Inconstitucionalidad No. 1/2017, respecto del Decreto No. 174, aprobado el 17 de diciembre de 2016.

En este 2020 el Congreso hizo una convocatoria más amplia para lograr la mayor participación de personas con discapacidad y de Organizaciones. En mayo aprobaron la Ley y en el mes de agosto el Decreto fue publicado en el Periódico Oficial de Nuevo León.

Por eso es fundamental que nosotros impulsemos a las personas con discapacidad a que participen en el diseño y planeación de las políticas públicas, aporten en los proyectos de iniciativas y reformas de leyes, ya que sus ideas son importantes para construir una mejor Sociedad.

Antes de que concluir, les cuento que la actual administración estatal ha existido presupuesto para promover los derechos de las personas con discapacidad.

En el Presupuesto estatal del 2018 el Congreso de Nuevo León hizo una asignación de 5 millones de pesos para la para la promoción y difusión de los derechos de las personas con discapacidad

Para el Presupuesto del 2019, los Diputados y las Diputadas asignaron 5 millones para el Consejo para las Personas con Discapacidad, por lo que la Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno de Nuevo León en el cuarto informe de gobierno daba a conocer que con el:

“Consejo Ciudadano para Personas con Discapacidad (CCPD). Actualmente la Secretaría de Desarrollo Social (SDS) participa activamente en el CCPD, órgano de consulta y asesoría para coadyuvar en acciones específicas de concertación, coordinación, planeación, promoción, seguimiento y vigilancia que permitan garantizar condiciones favorables a las personas que enfrentan algún tipo de discapacidad.

Proyecto Cultura en Discapacidad. La SDS coadyuva en esta iniciativa del CCPD, que muestra las actividades de sensibilización realizadas en lugares públicos (parques, estacionamientos y estadios), así como sesiones fotográficas alusivas a dichas actividades con el objetivo de crear conciencia y sensibilización sobre los derechos de las personas con discapacidad. Actualmente la iniciativa tiene 3 mil 241 seguidores en redes sociales y se espera que sean cada vez más a partir de la difusión de ésta y de otras acciones.

Congreso de Inclusión Laboral. El 5 y 6 de septiembre de este año se realizó el congreso Incluir para Innovar, organizado por el CCPP de Nuevo León y la Red de Discapacidad. Este evento fue el primero sobre inclusión laboral que surgió de la suma de voluntades entre el gobierno estatal y las organizaciones de la sociedad civil para fortalecer el cambio cultural respecto a la inclusión de las personas con discapacidad y ampliar sus oportunidades de empleo”.

Llama la atención que los empleados de gobierno citen erróneamente al Consejo para las Personas con Discapacidad, pero es lamentable que la Secretaría de Desarrollo Social no detalló si el “Proyecto Cultura en Discapacidad” y el “Congreso de Inclusión Laboral” fueron realizados con los 5 millones que les fueron asignados al Consejo para las Personas con Discapacidad por el Congreso de Nuevo León.

En dos años 10 millones de pesos pudieron ser usados para la difusión en formatos accesibles de las legislaciones sobre los derechos de las personas con discapacidad, pero al parecer el gobierno estatal y las Organizaciones que integran el Consejo para las Personas con Discapacidad tuvieron ideas más novedosas para “sensibilizar”.

Tal vez será necesario presentar exhortos a través del Congreso para que el Gobierno de Nuevo León nos detalle como ejercieron ese dinero, ya que son recursos públicos de los cuales la Secretaría de Desarrollo Social puede informar ya que el cargo de Secretario Técnico del Consejo para las Personas con Discapacidad recae en una de la direcciones de dicha dependencia estatal.

Además la Ley para la Protección de los Derechos de las Personas con Discapacidad señala que el Secretario Técnico del Consejo para las Personas con Discapacidad debe elaborar un informe trimestral para informar a la ciudadanía de las actividades de dicho Consejo.

Si queremos que una ley no sea de papel, entonces usemos los mecanismos legales que nos permiten exigir la transparencia y rendición de cuentas.