Es la primera vez que la SCJN se pronuncia en contra de este tipo de límite
Por Reyes Gamez
Monterrey, México (Agencia de Noticias 3er Sector).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al conceder el amparo a una persona con parálisis cerebral severa y en condiciones de pobreza y marginación que fue víctima de violación sexual cuando era menor de edad, a quien el Director del Hospital General de Tapachula, le negó la posibilidad de interrumpir el embarazo producto del delito del que fue víctima, declaró inconstitucional la porción normativa del artículo 181 del Código Penal para el Estado de Chiapas.